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GACETA OFICIAL: # 39.736 del 16 de agosto de 2011
ENTE EMISOR: Vicepresidente Ejecutiva de la República, por delegación del Presidente de la República
NORMA: Decreto Nº 8.406 del 16 de agosto de 2011
OBJETO/TÍTULO: Se
ordena
la expropiación (adquisición forzosa) de los bienes muebles
inmuebles y bienhechurias que sirven de funcionamiento de la sociedad mercantil TRATACERO C.A.
VIGENCIA: A partir de su publicación en GO 
NOTA 1: Los bienes expropiados se utilizarán para la obra ‘Consolidación de la capacidad industrial del sector público en el tratamiento térmico de piezas destinadas a la industria petrolera, automotríz, ferroviaria, metro, ferretero y aluminio entre otros, para el pueblo venezolano’ 
NOTA 2: La citada expropiación será ejecutada por la Procuraduría General de la República (artículo 5º) 
NOTA 3:
Se califica de urgente la realización de la referida obra (artículo 2º)
NOTA 4: La planta está ubicada en la Autopista Regional de Centro, estado Carabobo