GACETA OFICIAL: 42.939 del 12 de agosto de 2024
ENTE EMISOR: Presidencia de la República
NORMA: Decreto 2.976 del 12 de agosto de 2024
OBJETO/TÍTULO: Se exoneran del pago del Impuesto Sobre la Renta, los enriquecimientos netos gravables de fuente territorial, obtenidos por las Asociaciones Cooperativas, constituidas conforme a las disposiciones establecidas en el Decreto con Fuerza de Ley Especial de Asociaciones Cooperativas.
VIGENCIA: A partir de su publicación en GO
NOTA 1: El plazo de duración del beneficio de exoneración será de un (1) año, entrará en vigencia a partir de su publicación
NOTA 2: La exoneración se aplicará a los ejercicios fiscales que se encuentren en curso al entrar en vigencia el Decreto.
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