GACETA OFICIAL: # 39.708 del 7 de julio de 2011
ENTE EMISOR: Presidente de la República
NORMA: Decreto Nº 8.301 del 7 de julio de 2011
OBJETO/TÍTULO: Declaración de ‘Áreas Vitales de Vivienda de Residencia (AVIVIR)’ para 55 lotes de terrenos con una superficie total aproximada de 1.952,09 hectáreas para la construcción de viviendas conforme a la Ley Orgánica de Emergencia para Terrenos y Vivienda
VIGENCIA: A partir de su publicación en GO
NOTA: Los inmuebles se identifican en el decreto, y a continuación se mencionan así: Turmero 1, Turmero 4, Turmero 5, Turmero 6, Cagua 7, Cagua 8, Turmero 9, Turmero 10, Turmero 11 y Tumero 12 (Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua), Cagua 13 y Cagua 14 (Municipio Sucre del Estado Aragua), La Victoria 15 y La Victoria 16 (Municipio José Félix Rivas del Estado Aragua), Las Tejerías 19, Las Tejerías 20 y Las Tejerías 21 (Municipio Santos Michelena del Estado Aragua), Tácata 25, Cúa 26, Cúa 27, Cúa 29, Cúa 31, Cúa 32 y Cúa 31 (Municipio Urdaneta del Estado Miranda), Charallave 34, Charallave 35 y Charallave 36 (Municipio Cristóbal Rojas del Estado Miranda), Ocumare 41 (Municipio Simón Bolívar), Marizapa 46, Marizapa 47, Marizapa 48 y Caucagua 49 (Municipio Acevedo del Estado Miranda), Guatire 50 y Guatire 51 (Municipio Zamora del Estado Miranda, Cagua 52 y José Félix Rivas (Municipio Sucre del Estado Aragua), Guarenas 55 y Guarenas 56 (Municipio Plaza del Estado Miranda), Guatire 57, Guatire 58, Guatire 59, Guatire 61 y Guatire 62 (Municipio Zamora del Estado Miranda), Capital Santos Michelena 65 (Municipio Santos Michelena del Estado Aragua), La Turmero 71 y La Encrucijada 73 (Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua), Marizapa 80 (Municipio Acevedo del Estado Miranda), Guarenas 83 (Municipios Zamora y Plaza del Estado Miranda), Guatire 91 y Guatire 92 (Municipio Zamora del Estado Miranda), San Antonio de los Altos 95 (Municipio Salias del Estado Miranda), Los Teques 98 (Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda), San Agustín 101, Caricuao 104 y Caricuao 108 (Municipio Libertador del Distrito Capital)
VIGENCIA: A partir de su publicación en GO
NOTA: Los inmuebles se identifican en el decreto, y a continuación se mencionan así: Turmero 1, Turmero 4, Turmero 5, Turmero 6, Cagua 7, Cagua 8, Turmero 9, Turmero 10, Turmero 11 y Tumero 12 (Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua), Cagua 13 y Cagua 14 (Municipio Sucre del Estado Aragua), La Victoria 15 y La Victoria 16 (Municipio José Félix Rivas del Estado Aragua), Las Tejerías 19, Las Tejerías 20 y Las Tejerías 21 (Municipio Santos Michelena del Estado Aragua), Tácata 25, Cúa 26, Cúa 27, Cúa 29, Cúa 31, Cúa 32 y Cúa 31 (Municipio Urdaneta del Estado Miranda), Charallave 34, Charallave 35 y Charallave 36 (Municipio Cristóbal Rojas del Estado Miranda), Ocumare 41 (Municipio Simón Bolívar), Marizapa 46, Marizapa 47, Marizapa 48 y Caucagua 49 (Municipio Acevedo del Estado Miranda), Guatire 50 y Guatire 51 (Municipio Zamora del Estado Miranda, Cagua 52 y José Félix Rivas (Municipio Sucre del Estado Aragua), Guarenas 55 y Guarenas 56 (Municipio Plaza del Estado Miranda), Guatire 57, Guatire 58, Guatire 59, Guatire 61 y Guatire 62 (Municipio Zamora del Estado Miranda), Capital Santos Michelena 65 (Municipio Santos Michelena del Estado Aragua), La Turmero 71 y La Encrucijada 73 (Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua), Marizapa 80 (Municipio Acevedo del Estado Miranda), Guarenas 83 (Municipios Zamora y Plaza del Estado Miranda), Guatire 91 y Guatire 92 (Municipio Zamora del Estado Miranda), San Antonio de los Altos 95 (Municipio Salias del Estado Miranda), Los Teques 98 (Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda), San Agustín 101, Caricuao 104 y Caricuao 108 (Municipio Libertador del Distrito Capital)