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DECRETO 5.239 NUEVO MINISTERIO Desarrollo Minero Ecológico Industrias Básicas

GACETA OFICIAL: 43.310 del 04 de febrero de 2026

ENTE EMISOR: Presidencia de la República

NORMA: Decreto N° 5.239 del 04 de febrero de 2026

OBJETO/TÍTULO:  Creación del Ministerio del Poder Popular de Desarrollo Minero Ecológico e Industrias Básicas

VIGENCIA: A partir de su publicación en la GO.

NOTA 1: Se ordena la reorganización del Ministerio del Poder Popular de Desarrollo Minero Ecológico, que pasa a denominarse “Ministerio del Poder Popular de Desarrollo Minero Ecológico e Industrias Básicas”

NOTA 2: La competencia del Ministerio del Poder Popular de Desarrollo Minero Ecológico e Industrias Básicas, son las siguientes:

  1. Coordinará, impulsará y hará seguimiento a las políticas, estrategias y directrices emanadas del Ejecutivo Nacional con el fin de delimitar áreas geográficas para la exploración y explotación del oro y otros minerales, estratégicos, reservados, metálicos y no metálicos, promoverá, controlará, desarrollará la inversión y comercialización minera, desarrollará la aplicación de la inteligencia artificial y la innovación tecnológica en el sector minero.
  2. Coordinará, impulsará y hará seguimiento a las políticas, estrategias y directrices emanadas del Ejecutivo Nacional relacionadas con las empresas del sector industrial catalogadas como industrias básicas o estratégicas, incluyendo lo lo atinente al modelo de gestión, formación y estructura de sostén.

Ver aquí el TEXTO del Decreto              DECRETO 5.239 GO 43.310 2026-02-04

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