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GACETA OFICIAL: 42.939 del 12 de agosto de 2024

ENTE EMISOR: Presidencia de la República

NORMA: Decreto 2.976 del 12 de agosto de 2024

OBJETO/TÍTULO:  Se exoneran del pago del Impuesto Sobre la Renta, los enriquecimientos netos gravables de fuente territorial, obtenidos por las Asociaciones Cooperativas, constituidas conforme a las disposiciones establecidas en el Decreto con Fuerza de Ley Especial de Asociaciones Cooperativas.

VIGENCIA:  A partir de su publicación en GO

NOTA 1: El plazo de duración del beneficio de exoneración será de un (1) año, entrará en vigencia a partir de su publicación

NOTA 2: La exoneración se aplicará a los ejercicios fiscales que se encuentren en curso al entrar en vigencia el Decreto.

Ver el contenido de este Decreto en la sección de TEXTOS de esta página web.