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GACETA OFICIAL: # 6.806 (EXTRAORDINARIA) del 8 de mayo de 2024

ENTE EMISOR: AsambleA Nacional

NORMA: Ley

OBJETO/TÍTULO:  Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social Frente al Bloqueo Imperalista

VIGENCIA:  A partir de su publicación en GO, es decir, el 8 de mayo de 2024

NOTA 1:  Esencialmente es un Impuesto o Contribución Especial aplicable a las personas jurídicas, as{i como cualesquiera otras sociedades de personas, incluidas las irregulares o de hecho, de carácter privado, domiciliadas o no en la República Bolivariana de Venezuela, que realicen actividades económicas en el territorio nacional, destinada a coadyuvar en la protección social de las pensiones de seguridad social del pueblo venezolano.

NOTA 2: El monto del impuesto o contribución especial será hasta el 15% del total de los pagos realizados por el contribuyente a las trabajadoras y trabajadores por concepto de salario y bonificaciones de carácter no salarial.

NOTA 3: En ningún caso la base de cálculo de los pagos realizados a cada trabajadora o trabajador será menor al ingreso mínimo integral indexado definido por el Ejecutivo Nacional.