GACETA OFICIAL: # 6.806 (EXTRAORDINARIA) del 8 de mayo de 2024
ENTE EMISOR: AsambleA Nacional
NORMA: Ley
OBJETO/TÍTULO: Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social Frente al Bloqueo Imperalista
VIGENCIA: A partir de su publicación en GO, es decir, el 8 de mayo de 2024
NOTA 1: Esencialmente es un Impuesto o Contribución Especial aplicable a las personas jurídicas, as{i como cualesquiera otras sociedades de personas, incluidas las irregulares o de hecho, de carácter privado, domiciliadas o no en la República Bolivariana de Venezuela, que realicen actividades económicas en el territorio nacional, destinada a coadyuvar en la protección social de las pensiones de seguridad social del pueblo venezolano.
NOTA 2: El monto del impuesto o contribución especial será hasta el 15% del total de los pagos realizados por el contribuyente a las trabajadoras y trabajadores por concepto de salario y bonificaciones de carácter no salarial.
NOTA 3: En ningún caso la base de cálculo de los pagos realizados a cada trabajadora o trabajador será menor al ingreso mínimo integral indexado definido por el Ejecutivo Nacional.