GACETA OFICIAL: # 39.336 del 29 de diciembre de 2009
ENTE EMISOR: Oficina Nacional Antidrogas (ONA)
NORMA: Providencias Nº 007-2009 (1) y Nº 008-2009 (2), de fecha 29 de diciembre de 2009
OBJETO/TÍTULO: (1) NORMAS
Y PROCEDIMIENTOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE LOS SUJETOS PASIVOS Y LA RECAUDACIÓN, CONTROL Y FISCALIZACIÓN DE LOS APORTES PREVISTOS EN LOS ARTÍCULOS 96 Y 97 DE LA LEY ORGÁNICA CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO Y CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS y
(2) NORMAS
Y PROCEDIMIENTOS PARA LALIQUIDACÓN DE LOS APORTES PREVISTOS EN LOS ARTÍCULOS 96 Y 97 DE LA LEY ORGÁNICA CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO Y CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, CORRESPONDIENTES A LOS EJERCICIOS FISCALES 2006, 2007 Y 2008
VIGENCIA: (1) y (2) A partir de su publicación en GO
NOTA 1: Los sujetos pasivos deben efectuar la declaración correspondiente dentro de los primeros 15 dias siguientes al cierre del ejercicio fiscal y liquidar el monto determinado ante el Fondo Nacional Antidrogas
NOTA 2: Los aportes deberán liquidarse así:
Los correspondientes al 2006, dentro de los 45 dias siguientes a la declaración y liquidación del aporte correspondiente al ejercicio fiscal 2009 (SIC)
Los
correspondientes al 2007, dentro de los 90 dias siguientes a la declaración
y liquidación del aporte correspondiente al ejercicio fiscal 2009 (SIC). En caso de que no haya efectuado aportes en 2006, el plazo es de los mismos 45 dias siguientes a la declaración y liquidación del aporte correspondiente al ejercicio fiscal 2009 (SIC)
Los
correspondientes al 2008, dentro de los 120 dias siguientes a la declaración
y liquidación del aporte correspondiente al ejercicio fiscal 2009 (SIC). En caso de que haya efectuado aportes en 2006 o en 2007, el plazo es de los mismos 90 dias siguientes a la declaración y liquidación del aporte correspondiente al ejercicio fiscal 2009 (SIC). En caso de que no haya efectuado aportes en 2006 y en 2007, el plazo es de los 45 dias siguientes a la declaración y liquidación del aporte correspondiente al ejercicio fiscal 2009 (SIC)
ENTE EMISOR: Oficina Nacional Antidrogas (ONA)
NORMA: Providencias Nº 007-2009 (1) y Nº 008-2009 (2), de fecha 29 de diciembre de 2009
OBJETO/TÍTULO: (1) NORMAS
Y PROCEDIMIENTOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE LOS SUJETOS PASIVOS Y LA RECAUDACIÓN, CONTROL Y FISCALIZACIÓN DE LOS APORTES PREVISTOS EN LOS ARTÍCULOS 96 Y 97 DE LA LEY ORGÁNICA CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO Y CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS y
(2) NORMAS
Y PROCEDIMIENTOS PARA LALIQUIDACÓN DE LOS APORTES PREVISTOS EN LOS ARTÍCULOS 96 Y 97 DE LA LEY ORGÁNICA CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO Y CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, CORRESPONDIENTES A LOS EJERCICIOS FISCALES 2006, 2007 Y 2008
VIGENCIA: (1) y (2) A partir de su publicación en GO
NOTA 1: Los sujetos pasivos deben efectuar la declaración correspondiente dentro de los primeros 15 dias siguientes al cierre del ejercicio fiscal y liquidar el monto determinado ante el Fondo Nacional Antidrogas
NOTA 2: Los aportes deberán liquidarse así:
Los correspondientes al 2006, dentro de los 45 dias siguientes a la declaración y liquidación del aporte correspondiente al ejercicio fiscal 2009 (SIC)
Los
correspondientes al 2007, dentro de los 90 dias siguientes a la declaración
y liquidación del aporte correspondiente al ejercicio fiscal 2009 (SIC). En caso de que no haya efectuado aportes en 2006, el plazo es de los mismos 45 dias siguientes a la declaración y liquidación del aporte correspondiente al ejercicio fiscal 2009 (SIC)
Los
correspondientes al 2008, dentro de los 120 dias siguientes a la declaración
y liquidación del aporte correspondiente al ejercicio fiscal 2009 (SIC). En caso de que haya efectuado aportes en 2006 o en 2007, el plazo es de los mismos 90 dias siguientes a la declaración y liquidación del aporte correspondiente al ejercicio fiscal 2009 (SIC). En caso de que no haya efectuado aportes en 2006 y en 2007, el plazo es de los 45 dias siguientes a la declaración y liquidación del aporte correspondiente al ejercicio fiscal 2009 (SIC)