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GACETA OFICIAL: 6.835 EX del 3 de Septiembre de 2024

ENTE EMISOR: Superintendencia de la Actividad Aseguradora

NORMA: Providencia Administrativa SAA-01-0501-2024 de fecha 29 de agosto de 2024

OBJETO/TÍTULO:  Normas sobre los Bienes o Derechos utilizados en la Representación de las Reservas Técnicas

VIGENCIA: A partir de la fecha de publicación de la GO

NOTA 1: Los bienes o derechos que son considerados aptos para representar las reservas técnicas de las empresas de seguros, de reaseguro y de medicina prepagada son:

1) Depósitos en moneda nacional o extranjera, en bancos o instituciones financieras domiciliados en el país y contemplados en la ley especial que regula la materia bancaria, que no sean empresas filiales, afiliadas o relacionadas del sujeto regulado;

2) Títulos valores denominados en moneda nacional o extranjera, emitidos o garantizados por la República, por otros sujetos de derecho público nacional o emitidos por instituciones o empresas en los cuales tengan participación esos entes, siempre que estén custodiados por una institución financiera del sector bancario o dEL mercado de valores, de carácter público;

3) Bienes inmuebles edificados, los cuales deben estar ubicados exclusivamente en el Territorio Nacional y;

4) Otros activos o derechos nacionales relacionados con la inversión en valores de renta fija, emitidos por el sector privado nacional.

NOTA 2: Puedes ver esta providencia en la sección TEXTOS de esta página web

NOTA 3: Dado el alto volumen de providencias sobre seguros publicadas, para facilitar su vista, también colocamos aquí el acceso al TEXTO de esta providencia.

1._NORMAS_SOBRE_LOS_BIENES_O_DERECHOS_UTILIZADOS_EN_LA_REPRESENTACIÓN_DE_LAS_RESERVAS_TÉCNICAS_Firmado