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GACETA OFICIAL: 6.835 EX del 3 de Septiembre de 2024

ENTE EMISOR: Superintendencia de la Actividad Aseguradora

NORMA: Providencia Administrativa SAA-01-0521-2024 de fecha 29 de agosto de 2024

OBJETO/TÍTULO:  Normas que regulan la Autorización y el Ejercicio de la Intermediación de Seguros, Medicina Prepagada y Sociedades de Corretaje de Seguros y Reaseguros

VIGENCIA: A partir de la fecha de publicación de la GO

NOTA 1: Son requisitos indispensables para obtener y mantener la autorización para operar como sociedades de corretaje de la actividad aseguradora, los siguientes: 1) Estar domiciliado en el Territorio de la República Bolivariana de Venezuela; 2) Tener un capital mínimo suscrito y pagado, según lo establecido en la Ley de la Actividad Aseguradora y las normas prudenciales dictadas al efecto; 3) Tener mínimo dos (2) accionistas. Si en la composición accionaria de la empresa existen personas jurídicas se deben incluir el Registro Mercantil de ésta y adjuntar de las personas naturales propietarias de sus acciones, los documentos establecidos en el Reglamento de la Ley de la Actividad Aseguradora; 4) Poseer una Junta Directiva en cantidad impar, compuesta por al menos de tres (3) integrantes, de los cuales dos (2) deben ser corredores de la actividad aseguradora. Quienes conformen la Junta Directiva de las sociedades de corretaje de reaseguros, deberán tener experiencia en materia de reaseguros por igual tiempo; 5) Los integrantes de la Junta Directiva deben estar domiciliados y residenciados en el país;6) Establecer una oficina accesible al público en los días y horas laborables, donde se realizarán principalmente los negocios de intermediación de seguros y de reaseguros, cuya dirección debe ser notificada a la Superintendencia de Actividad Aseguradora y figurar en el documento constitutivo de la sociedad de corretaje.

NOTA 2:Además de la solicitud para constituirse y obtener la autorización para operar como sociedades de corretaje de seguros y reaseguros, el representante de la empresa debe consignar, los siguientes recaudos: 1) Copia simple de cédula de identidad y Registro Único de Información Fiscal (RIF) vigente, síntesis curricular con ssoportes de los accionistas y miembros de la Junta Directiva; 2) Constancias que demuestren la calificación profesional y comprobada experiencia para los integrantes de la Junta Directiva propuesta; 3) Balance personal de los accionistas y los integrantes de la Junta Directiva propuesta, acompañado del informe de preparación por un Contador Público Colegiado; 4) Declaraciones Juradas de no estar incurso en las incompatibilidades e impedimentos establecidos en la Ley de la Actividad Aseguradora; 5) Declaración de Impuesto sobre la Renta correspondiente al ejercicio económico inmediatamente anterior a la solicitud de los accionistas y miembros de la Junta Directiva; 6) Constancia de residencia de los integrantes de la Junta Directiva propuesta; 7) Proyecto del documento constitutivo estatutario, donde se establezca como objeto único de la sociedad la realización de la actividad de intermediación de seguros o reaseguros con especificación de la dirección completa del domicilio de la sede principal; 8) Copia del comprobante expedido por un banco comercial domiciliado en el país en la que conste el depósito de al menos el cien por ciento (100%) del capital mínimo en bolívares conforme a lo establecido en la Ley de la Actividad Aseguradora; 9) Declaración Jurada del origen lícito de los fondos utilizados para la constitución de la sociedad mercantil y proporcionar la información necesaria para su verificación. Si los mismos provienen de personas jurídicas, deben anexar toda la documentación legal y financiera de la misma, salvo aquellas cuyos fondos provengan de instituciones financieras regidas por la ley que regula la materia bancaria; 10) Señalar el personal autorizado para representar a la sociedad y las personas autorizadas para dirigir y recibir comunicaciones ante la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, en ambos casos, deberán indicar nombre, apellido, cédula de identidad, profesión, cargo, números de teléfono y correo electrónico; 11) Otro que a juicio de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora considere necesario.

NOTA 3: Puedes ver esta providencia en la sección TEXTOS de esta página web

NOTA 4: Dado el alto volumen de providencias sobre seguros publicadas, para facilitar su vista, también colocamos aquí el acceso al TEXTO de esta providencia.

46. NORMAS QUE REGULAN LA AUTORIZACIÓN Y EL EJERCICIO DE LA INTERMEDIACIÓN DE SEGUROS MEDICINA PREPAGADA Y SOCIEDADES DE CORRETAJE DE SEGUROS Y REASEGUROS_Firmado