el decreto es para todos??? que tengan la edad exigida?????? graciass
el decreto es para todos??? que tengan la edad exigida?????? graciass
La posibilidad de que el beneficiario cancele el resto de sus cotizaciones, así tenga menos de las 700 cotizaciones establecidas en el decreto, podra así cancelar esa diferencia para cumplir con el minimo de las 750 cotizaciones, para gozar de su pension de vejez? Gracias
La posibilidad de que el beneficiario cancele el resto de sus cotizaciones, así tenga menos de las 700 cotizaciones establecidas en el decreto, podra así cancelar esa diferencia para cumplir con el minimo de las 750 cotizaciones, para gozar de su pension de vejez? Gracias
Cuando se hara justicia por la igualdad de genero de cancelar las cotizaciones a los hombres mayores desde los 55 años? Recuerden que todos somos iguales y habemos personas en esas edades que ya no conseguimos trabajos con sueldos dignos y trabajos estables
Cuando se hara justicia por la igualdad de genero de cancelar las cotizaciones a los hombres mayores desde los 55 años? Recuerden que todos somos iguales y habemos personas en esas edades que ya no conseguimos trabajos con sueldos dignos y trabajos estables
si la persona que cotizaba falleció hace 10 años, mi padre, mi madre pagando las demás cotizaciones puede disfrutar del beneficio.
si la persona que cotizaba falleció hace 10 años, mi padre, mi madre pagando las demás cotizaciones puede disfrutar del beneficio.
respuesta al último comentario: no creo, ya que el decreto trata de pensión de vejez. habría que consultar con el IVSS, si aplica para pensión de sobreviviente.
respuesta al último comentario: no creo, ya que el decreto trata de pensión de vejez. habría que consultar con el IVSS, si aplica para pensión de sobreviviente.
maria de franco mi mama trabajo en san felipe en una escuela para el ministerio de educacion y ya es jubilada como bedel y por que ella no aparece cotizando nunca el seguro social que debo hacer mi mama tiene casi los 78 años
maria de francomi mama trabajo en san felipe en una escuela para el ministerio de educacion y ya es jubilada como bedel y por que ella no aparece cotizando nunca el seguro social que debo hacer mi mama tiene casi los 78 años
le recomiendo buscar las planillas de pago del salario de su mamá, para saber que le descontaban. tambien recomendamos visitar el departamento de educación del ministerio, para buscar una explicación.
le recomiendo buscar las planillas de pago del salario de su mamá, para saber que le descontaban. tambien recomendamos visitar el departamento de educación del ministerio, para buscar una explicación.
para gozar de este beneficio, se debe estar CESANTE???.que sucede si se esta cotizando aun..y tiene la edad y le faltan semanas???..creo esto no se ha tratado.
para gozar de este beneficio, se debe estar CESANTE???.que sucede si se esta cotizando aun..y tiene la edad y le faltan semanas???..creo esto no se ha tratado.
buenas tardes tengo familiares que se encuentran enfermos pero que alguna vez cotizaron y quieren acogerse al decreto se podra actuar ante el seguro social con un poder notariado gracias
buenas tardes tengo familiares que se encuentran enfermos pero que alguna vez cotizaron y quieren acogerse al decreto se podra actuar ante el seguro social con un poder notariado gracias
Soy trabajador informal y nunca he cotizado al Seguro Social. De igual manera tengo mas de la edad minima requerida. Cuanto tengo que pagar por la totalidad de las cotizaciones.
Gracias
Soy trabajador informal y nunca he cotizado al Seguro Social. De igual manera tengo mas de la edad minima requerida. Cuanto tengo que pagar por la totalidad de las cotizaciones.
Gracias
nuestros comentarios: 1) no debe estar cesante. si están cotizando se benefician del decreto. deben consultar con el IVSS 2) si cotizaron, tambien se benefician del decreto 3) debe estar inscrito en el IVSS para resultar beneficiado, pero le recomiendo ir al IVSS
nuestros comentarios:1) no debe estar cesante. si están cotizando se benefician del decreto. deben consultar con el IVSS2) si cotizaron, tambien se benefician del decreto3) debe estar inscrito en el IVSS para resultar beneficiado, pero le recomiendo ir al IVSS
me faltan cotizaciones pero cumplo la edad en diciembre me puedo acoger al decreto
me faltan cotizaciones pero cumplo la edad en diciembre me puedo acoger al decreto
estimo que sí, ya que el decreto caduca el 31 de diciembre de 2010.
estimo que sí, ya que el decreto caduca el 31 de diciembre de 2010.
con que porcentaje esta calculado el pago para cotizar las semana si mas o menos con un sueldo de 1200 son como 11 mil y algo mas o menos y con el sueldo nuevo por que da 16,95 bsf por semana
con que porcentaje esta calculado el pago para cotizar las semana si mas o menos con un sueldo de 1200 son como 11 mil y algo mas o menos y con el sueldo nuevo por que da 16,95 bsf por semana
Saludos, tengo 2 preguntas: Mi mama tiene la edad pero ha cotizado 585 semanas 1.-¿le toca pagar 165 o 115 cotizaciones de diferencia? La sede de su empresa patronal esta en Caracas, pero ella les trabaja en Barquisimeto 2.-¿en dónde le toca hacer los trámites, en Caracas o en Barquisimeto?
Saludos, tengo 2 preguntas: Mi mama tiene la edad pero ha cotizado 585 semanas 1.-¿le toca pagar 165 o 115 cotizaciones de diferencia? La sede de su empresa patronal esta en Caracas, pero ella les trabaja en Barquisimeto 2.-¿en dónde le toca hacer los trámites, en Caracas o en Barquisimeto?
tengo 55 años nunca he cotizado como hago para poder acogerme al plan de pension vivo en punto fijo – falcon , agradesco su informacion. gracias
tengo 55 años nunca he cotizado como hago para poder acogerme al plan de pension vivo en punto fijo – falcon , agradesco su informacion. gracias
Hola tengo una pregunta si una persona que tiene una ayuda economica fija mensual de INAGER, podra beneficiarse de este decreto.
Hola tengo una pregunta si una persona que tiene una ayuda economica fija mensual de INAGER, podra beneficiarse de este decreto.
Saludos, tengo una duda, mi madre tiene mas de la edad exigida, pero no tiene las cotizaciones completas, no aprovechó el decreto anterior y entonces la puse a cotizar por una empresa que tengo, en este momento cuenta con 300 cotizaciones y esta como trabajador activo. Mi pregunta es: debe estar cesante para solicitar su pension a traves de este decreto o puede hacerlo estando activa en la empresa, ya que escuche por televisión que otro requisito es estar cesante. Muchas gracias por la atención.
Saludos, tengo una duda, mi madre tiene mas de la edad exigida, pero no tiene las cotizaciones completas, no aprovechó el decreto anterior y entonces la puse a cotizar por una empresa que tengo, en este momento cuenta con 300 cotizaciones y esta como trabajador activo. Mi pregunta es: debe estar cesante para solicitar su pension a traves de este decreto o puede hacerlo estando activa en la empresa, ya que escuche por televisión que otro requisito es estar cesante. Muchas gracias por la atención.
1) debe consultar directamente con el IVSS o en el departamento de rrhh de la empresa donde trabaja. 2) debe haber cotizado 750 semanas. está dentro del decreto. el IVSS debe dictar el instructivo respectivo. 3) debe estar inscrito en el IVSS (p. fijo) 4) no creo (inager) 5) está incluida dentro del decreto. se trata de pensión de vejez. el IVSS debe dictar un instructivo.
1) debe consultar directamente con el IVSS o en el departamento de rrhh de la empresa donde trabaja.2) debe haber cotizado 750 semanas. está dentro del decreto. el IVSS debe dictar el instructivo respectivo.3) debe estar inscrito en el IVSS (p. fijo)4) no creo (inager)5) está incluida dentro del decreto. se trata de pensión de vejez. el IVSS debe dictar un instructivo.
El IVSS tiene que revisar este articulo, me parece que no es logico que para una persona cesante aplique el articulo 7401 y para aquellas personas mayores que por diversos motivos, principalmente el economico para su manuntencion esten trabajando no se les aplique, al asamblea y el presidente deben revisarlo, todas las mujeres mayores de 55 y los hombre mayores de 60 lo merecen,son Venezolanos
El IVSS tiene que revisar este articulo, me parece que no es logico que para una persona cesante aplique el articulo 7401 y para aquellas personas mayores que por diversos motivos, principalmente el economico para su manuntencion esten trabajando no se les aplique, al asamblea y el presidente deben revisarlo, todas las mujeres mayores de 55 y los hombre mayores de 60 lo merecen,son Venezolanos
Como es eso de que se debe tener la condición de cesante si en el Decreto emitido por el Presidente y publicado en Gaceta Oficial N° 39414 de fecha 20 de Abril de 2010 no aparece la palabra "cesante", el Presidente del IVSS obstaculiza la buena intención del Presidente de la República colocando más trabas para su ejecución. Esto aparece en el PROGRAMA EXCEPCIONAL Y TEMPORAL DECRETO 7.401 emitido por el IVSS en su página Web NO SE DEBE ACEPTAR ENVIAR A TRAVES DEL TWITER A CHAVEZCANDANGA PARA QUE EL PRESIDENTE SE ENTERE DE ESTA INEFICIENCIA Y BUROCRACIA
Como es eso de que se debe tener la condición de cesante si en el Decreto emitido por el Presidente y publicado en Gaceta Oficial N° 39414 de fecha 20 de Abril de 2010 no aparece la palabra "cesante", el Presidente del IVSS obstaculiza la buena intención del Presidente de la República colocando más trabas para su ejecución. Esto aparece en el PROGRAMA EXCEPCIONAL Y TEMPORAL DECRETO 7.401 emitido por el IVSS en su página WebNO SE DEBE ACEPTAR ENVIAR A TRAVES DEL TWITER A CHAVEZCANDANGA PARA QUE EL PRESIDENTE SE ENTERE DE ESTA INEFICIENCIA Y BUROCRACIA
A MI MAMA EN EL IVSS LA DEVOLVIERON PORQUE "NO ENTRA EN EL DECRETO YA QUE ESTÁ ACTIVA"Y TIENE QUE SER CESANTE… CON 56 AÑOS Y 718 COTIZACIONES….. DONDE DICE EL DECRETO QUE TIENE QUE SER CESANTE…. DIGANME POR FAVOR!!!!
A MI MAMA EN EL IVSS LA DEVOLVIERON PORQUE "NO ENTRA EN EL DECRETO YA QUE ESTÁ ACTIVA"Y TIENE QUE SER CESANTE… CON 56 AÑOS Y 718 COTIZACIONES….. DONDE DICE EL DECRETO QUE TIENE QUE SER CESANTE…. DIGANME POR FAVOR!!!!
Hola tengo una duda,,,, ok yo realizo todo el tramite correspondiente por las oficinas autorizadas pero mi duda es el limite de tiempo para hacer efectivo todo el pago es hasta el 31 de diciembre o hay otra fecha si mal no he oido. Les agradezco la informacion que me puedan brindar en este caso ya que es para cancelar el beneficio para mi madre que esta en San Cristobal. MARIANELA GONZALEZ Caracas…
Hola tengo una duda,,,, ok yo realizo todo el tramite correspondiente por las oficinas autorizadas pero mi duda es el limite de tiempo para hacer efectivo todo el pago es hasta el 31 de diciembre o hay otra fecha si mal no he oido. Les agradezco la informacion que me puedan brindar en este caso ya que es para cancelar el beneficio para mi madre que esta en San Cristobal. MARIANELA GONZALEZ Caracas…
señora marianela gonzález: el decreto expresa que caduca el 31 de diciembre de 2010. no he visto publicado el instructivo del IVSS. recomendamos visitar las oficinas del IVSS. demás usuarios: sobre quejas del decreto pueden vistar las oficinas del IVSS o escribir a @chavezcandanga por twitter y expresar sus ideas en 140 caracteres.
señora marianela gonzález:el decreto expresa que caduca el 31 de diciembre de 2010. no he visto publicado el instructivo del IVSS.recomendamos visitar las oficinas del IVSS.demás usuarios:sobre quejas del decreto pueden vistar las oficinas del IVSS o escribir a @chavezcandanga por twitter y expresar sus ideas en 140 caracteres.
Tengo más de 55 años, cotizo mediante la figura continuacion facultativa ya que me faltan mas de 100 cotizaciones, lo que hace que aparesca activa en la carta individual. Fui a la caja regional que me corresponde y me dijeron que no se me aplica el decreto 7401 por estar activa, les pregunte si me podia retirar yo misma para poder hacer el tramite y me dijeron que no porque tenia que estar cesante antes del 1 de mayo. Mi pregunta es si es verdad que las personas como yo en continuacion facultativa que ya tenemos mas de la edad requerida no se nos aplica el decreto 7401, y que podemos hacer. Maria L. Medina
Tengo más de 55 años, cotizo mediante la figura continuacion facultativa ya que me faltan mas de 100 cotizaciones, lo que hace que aparesca activa en la carta individual. Fui a la caja regional que me corresponde y me dijeron que no se me aplica el decreto 7401 por estar activa, les pregunte si me podia retirar yo misma para poder hacer el tramite y me dijeron que no porque tenia que estar cesante antes del 1 de mayo. Mi pregunta es si es verdad que las personas como yo en continuacion facultativa que ya tenemos mas de la edad requerida no se nos aplica el decreto 7401, y que podemos hacer.Maria L. Medina
YO QUISIERA Q PENSARAN UN POQUITO USTEDES CREEN Q UNA PERSONA MAYOR DE MAS DE 60 AÑO O MAS Q HAY MAS Q ALGUN DIA TRABAJO Y PUDO COTIZAR ALGO DEL SEGURO SOCIAL Y AHORA SE LE PRESENTA ESTA OPORTUNIDAD Y PARA COMPLETAR LAS 750 TIENE Q PAGAR MAS DE 7 MIL BSF, EXPLIQUEME DE DONDE PUEDE TENER ESA PERSONA PARA PAGAR SI ES DE BAJO RECURSO ENTONCE NO GOZARA DE ESE BENEFICIO POR NO TENER DINERO, SOLAMENTE LO PAGARAN LOS RICOS POR Q SON LOS QUE PUEDEN PAGAR CREO Q DEBERAN Q TOMAR OTRAS MEDIDAS PARA Q LAS PERSONAS DE BAJO RECURSO PUEDAR GOZAR DE ESTA PENSION POR FAVOR AYUDEN AL PUEBLO. PATRIA SOCIALISMO VENCEREMOS!!!11!
YO QUISIERA Q PENSARAN UN POQUITO USTEDES CREEN Q UNA PERSONA MAYOR DE MAS DE 60 AÑO O MAS Q HAY MAS Q ALGUN DIA TRABAJO Y PUDO COTIZAR ALGO DEL SEGURO SOCIAL Y AHORA SE LE PRESENTA ESTA OPORTUNIDAD Y PARA COMPLETAR LAS 750 TIENE Q PAGAR MAS DE 7 MIL BSF, EXPLIQUEME DE DONDE PUEDE TENER ESA PERSONA PARA PAGAR SI ES DE BAJO RECURSO ENTONCE NO GOZARA DE ESE BENEFICIO POR NO TENER DINERO, SOLAMENTE LO PAGARAN LOS RICOS POR Q SON LOS QUE PUEDEN PAGAR CREO Q DEBERAN Q TOMAR OTRAS MEDIDAS PARA Q LAS PERSONAS DE BAJO RECURSO PUEDAR GOZAR DE ESTA PENSION POR FAVOR AYUDEN AL PUEBLO. PATRIA SOCIALISMO VENCEREMOS!!!11!
Mi inquietud es igual a la de la Señora medina, Mi suegra tiene 690 cotizaciones y 62 años de edad. Se encuentra activa pues esta pagando bajo la continuación facultativa. ¿qué hay con estos casos? Entran o no en el decreto.
Solsiré
Mi inquietud es igual a la de la Señora medina, Mi suegra tiene 690 cotizaciones y 62 años de edad. Se encuentra activa pues esta pagando bajo la continuación facultativa. ¿qué hay con estos casos? Entran o no en el decreto.Solsiré
Buenas tardes agradezco la personana que me pueda responder para no amanecer haciendo cola en el seguro; tengo 62 años, pués nací en el 47 y voy a cumplir 63 estoy trabajando desde los 19 años 1o en una fábrica, veia en mi sobre el cobro del seguro que nunca apareció aprox. el año 1966, luego otros trabajos que no me cobraban seguro, suplencias desde 1991, que me descontaban el seguro. otras instituciones que no cotizaba, graduada de maestra desde 1999 activa hasta el presente y cotizando tuve que llevar todo a la Z.E. y de todos esos años me dicen que tengo sólo 413 cotizaciones. Mi pregunta es ? entro en el decreto¿ porque dice que es para todos los que tienen la edad y yo estaba esperando este decreto para terminar de cotizar.
Para no amacecer en una cola necesito que me respondan. ?Que se debe hacer¿ si trabajo desde 1991 como suplente en primer lugar aparte de otros trabajas que no aseguraban a nadie, pero como suplente si veia que cobraban el seguro y mi cuenta individual aparecia que no estaba registrada hasta el año pasado que las llevé a la Zona E, ya que estoy graduada desde 1999, voy a cumplir 63 años y no he dejado de trabajar desde los 19 años, además soy pionera de las Misiones hasta la actualidad. Ahora, solo me aparecen 413 cot ? Que debo hacer? ? Entro en el Decreto¿
Buenas tardes agradezco la personana que me pueda responder para no amanecer haciendo cola en el seguro; tengo 62 años, pués nací en el 47 y voy a cumplir 63 estoy trabajando desde los 19 años 1o en una fábrica, veia en mi sobre el cobro del seguro que nunca apareció aprox. el año 1966, luego otros trabajos que no me cobraban seguro, suplencias desde 1991, que me descontaban el seguro. otras instituciones que no cotizaba, graduada de maestra desde 1999 activa hasta el presente y cotizando tuve que llevar todo a la Z.E. y de todos esos años me dicen que tengo sólo 413 cotizaciones. Mi pregunta es ? entro en el decreto¿ porque dice que es para todos los que tienen la edad y yo estaba esperando este decreto para terminar de cotizar.
Para no amacecer en una cola necesito que me respondan. ?Que se debe hacer¿ si trabajo desde 1991 como suplente en primer lugar aparte de otros trabajas que no aseguraban a nadie, pero como suplente si veia que cobraban el seguro y mi cuenta individual aparecia que no estaba registrada hasta el año pasado que las llevé a la Zona E, ya que estoy graduada desde 1999, voy a cumplir 63 años y no he dejado de trabajar desde los 19 años, además soy pionera de las Misiones hasta la actualidad. Ahora, solo me aparecen 413 cot ? Que debo hacer? ? Entro en el Decreto¿
Para los últimos comentarios, se les aplica el artículo 4 del decreto: personas que tienen la edad exigida y han cotizado menos 700 semanas y manifiestan su voluntad de completar las 750 semanas. les recomiendo dejar constancia escrita de sus planteamientos: cartas o mensajes electrónicos al IVSS
Para los últimos comentarios, se les aplica el artículo 4 del decreto: personas que tienen la edad exigida y han cotizado menos 700 semanas y manifiestan su voluntad de completar las 750 semanas. les recomiendo dejar constancia escrita de sus planteamientos: cartas o mensajes electrónicos al IVSS
Si este decreto dice que es para todas las personas que tienen la edad. Por Dios es una pensión de vejez, si una persona se siente con fuerza y útil en su trabajo y quiere trabajar unos años más porque se graduó tarde, tiene que esperar entonces a tener 70 u 80 años para disfrutar de su pensión de vejéz, porque ajuro tiene que retirarse de su trabajo ? como es eso¿ ?que clase de decreto es¿, que limita a las personas, si uno se retira no le pagan el 100º/º además le quitan la cesta ticket y el dinero no alcanza, ni para los servicios básicos, ni para disfrutar de la recreación, porque no tenemos un sueldo equilibrado, ya que somos simples asalariados. Expliquen eso por favor.
Si este decreto dice que es para todas las personas que tienen la edad. Por Dios es una pensión de vejez, si una persona se siente con fuerza y útil en su trabajo y quiere trabajar unos años más porque se graduó tarde, tiene que esperar entonces a tener 70 u 80 años para disfrutar de su pensión de vejéz, porque ajuro tiene que retirarse de su trabajo ? como es eso¿ ?que clase de decreto es¿, que limita a las personas, si uno se retira no le pagan el 100º/º además le quitan la cesta ticket y el dinero no alcanza, ni para los servicios básicos, ni para disfrutar de la recreación, porque no tenemos un sueldo equilibrado, ya que somos simples asalariados. Expliquen eso por favor.
buenas sr carbonell tengo una inquietud mi mama la sra graciela castillo c.i. 821.989 edad 87 trabajo en la escuela j.j maya de san felipe como bedel y por el ministerio de educacion fue incapacitada por tener cancer y aparece como q no cotiza seguro social quisiera que me ayudara para saber a donde puedo dirigirme para investigar que paso con eso y solo cobra su jubilacion ella tendra posibilidades que me la exoneren del pago para poder recibir ese beneficio y no tiene como pagar el seguro por favor necesito q me ayude a mi mama.
gracias. atte, maria de franco
señora maría de franco: su mamá debe estar amparada por el contrato colectivo del min. de educación. creo que la jubilación hace las veces de pensión de vejez. no estoy seguro, que élla pueda tener las dos. creo que habría que pedir asistencia al sindicato respectivo y/o al min y/o al IVSS.
buenas sr carbonell tengo una inquietud mi mama la sra graciela castillo c.i. 821.989 edad 87 trabajo en la escuela j.j maya de san felipe como bedel y por el ministerio de educacion fue incapacitada por tener cancer y aparece como q no cotiza seguro social quisiera que me ayudara para saber a donde puedo dirigirme para investigar que paso con eso y solo cobra su jubilacion ella tendra posibilidades que me la exoneren del pago para poder recibir ese beneficio y no tiene como pagar el seguro por favor necesito q me ayude a mi mama.gracias. atte, maria de franco
señora maría de franco:su mamá debe estar amparada por el contrato colectivo del min. de educación. creo que la jubilación hace las veces de pensión de vejez. no estoy seguro, que élla pueda tener las dos. creo que habría que pedir asistencia al sindicato respectivo y/o al min y/o al IVSS.
BUENOS DIAS SR:RICARGO,MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE MI MAMA SOLO COTIZO 88 SEMENAS, PERO SU CUENTA INDIVIDUAL SIGUE ACTUALIZADA..¿CREE USTED QUE PUEDE SER VENEFICIADA POR EL DECRETO 7401.?
BUENOS DIAS SR:RICARGO,MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE MI MAMA SOLO COTIZO 88 SEMENAS, PERO SU CUENTA INDIVIDUAL SIGUE ACTUALIZADA..¿CREE USTED QUE PUEDE SER VENEFICIADA POR EL DECRETO 7401.?
Buen dia yo soy ama de casa nunca he trabajado en empresa alguna, pero me inscribieron en el IVSS y pague 112 cotizaciones, ya me retiraron , es decir estoy cesante tambien, y dispongo para cancelar el resto de las cotizaciones restante que faltan, pero mi duda es que escuche que en este decreto no incluye a las amas de casa, es cierto. POrque nosotras somos tan trabajadoras como cualquiera. Aunque no se nos cancele nada.
Buen dia yo soy ama de casa nunca he trabajado en empresa alguna, pero me inscribieron en el IVSS y pague 112 cotizaciones, ya me retiraron , es decir estoy cesante tambien, y dispongo para cancelar el resto de las cotizaciones restante que faltan, pero mi duda es que escuche que en este decreto no incluye a las amas de casa, es cierto. POrque nosotras somos tan trabajadoras como cualquiera. Aunque no se nos cancele nada.
estoy activa en el seguro y tengo 58 años, me retire de la empresa donde cotizo y en el ivss no le aceptaron la planilla de retiro al empleador, le dijeron que siguiera cotizando por mi hasta diciembre que ellos le reintegrarian el dinero, ¿ cómo sabe el seguro si la persona renunció o no'?de ser así deberian aceptar mi renuncia para el tramite de la pensión y optar por el decreto,. saludos.
estoy activa en el seguro y tengo 58 años, me retire de la empresa donde cotizo y en el ivss no le aceptaron la planilla de retiro al empleador, le dijeron que siguiera cotizando por mi hasta diciembre que ellos le reintegrarian el dinero, ¿ cómo sabe el seguro si la persona renunció o no'?de ser así deberian aceptar mi renuncia para el tramite de la pensión y optar por el decreto,. saludos.
mi inquietud es la siguiente cumplo los 55 para septiembre , estoy cesante y 45 semanas cotizadas, podre pagar las restantes el dia de mi cumpleaño para poder octar a la pension, saludos y gracias por atender a mi duda
mi inquietud es la siguiente cumplo los 55 para septiembre , estoy cesante y 45 semanas cotizadas, podre pagar las restantes el dia de mi cumpleaño para poder octar a la pension, saludos y gracias por atender a mi duda
buenas tardes sr, carbonell mi pregunta es mi papa cotizo 1750 semanas del seguro social y el ya esta cobrando desde hace dos años el seguro le devuelve las cotizaciones que tiene de mas o no, y si las devuelve tiene que ir al seguro a meter reclamo aviseme por que con lo que tiene de mas le puede completar las semanas a mi mama que le falta. se podra si o no
buenas tardes sr, carbonell mi pregunta es mi papa cotizo 1750 semanas del seguro social y el ya esta cobrando desde hace dos años el seguro le devuelve las cotizaciones que tiene de mas o no, y si las devuelve tiene que ir al seguro a meter reclamo aviseme por que con lo que tiene de mas le puede completar las semanas a mi mama que le falta. se podra si o no
1) señora de 88 semanas, creo que su caso está contemplado. 2) ama de casa de 112 cotizaciones, creo que tambien su caso está dentro del decreto. 3) sra. de 58 años, seguir cotizando es una buena opción. 4) 45 semanas: creo que tambien está dentro del dº 5) tiene lógica su planteamiento. sería bueno intentarlo
1) señora de 88 semanas, creo que su caso está contemplado.2) ama de casa de 112 cotizaciones, creo que tambien su caso está dentro del decreto.3) sra. de 58 años, seguir cotizando es una buena opción.4) 45 semanas: creo que tambien está dentro del dº5) tiene lógica su planteamiento. sería bueno intentarlo
buenas tarde sr. carbonelli quisiera preguntar como podria saber si mi papa cotizo seguro social ya q el dice que trabajo en una muebleria llamada contrera en porlamar pero ya esa muebleria no existe y el no tiene nigun recibo de pago para verificar eso fue mas de 45 años como podria hacer. para averiguar sera que en el seguro me podran averiguar yo dando el nombre de la empresa, por que el asegura q pagaba seguro social y q ademas le daban charlar sobre el seguro el seguro tendra esa informacion
buenas tarde sr. carbonelli quisiera preguntar como podria saber si mi papa cotizo seguro social ya q el dice que trabajo en una muebleria llamada contrera en porlamar pero ya esa muebleria no existe y el no tiene nigun recibo de pago para verificar eso fue mas de 45 años como podria hacer. para averiguar sera que en el seguro me podran averiguar yo dando el nombre de la empresa, por que el asegura q pagaba seguro social y q ademas le daban charlar sobre el seguro el seguro tendra esa informacion
Hola buenas noche mi mama va cumplir 56 años y trabaja de domestica en una casa de familia, tiene 69 cotizaciones en el seguro me dijeron que podia entrar en el decreto por vejez por ella presenta problemas de salud y que la retirará por que tenia que estar cesante despues que la retire me dijeron que no podia por que tenia que estar cesante antes que el presidente diera el decreto y que las domestica no entran en el decreto 7401, mi pregunta es ¿Es eso verdad, mi mama no puede acogerse en este decreto?
Hola buenas noche mi mama va cumplir 56 años y trabaja de domestica en una casa de familia, tiene 69 cotizaciones en el seguro me dijeron que podia entrar en el decreto por vejez por ella presenta problemas de salud y que la retirará por que tenia que estar cesante despues que la retire me dijeron que no podia por que tenia que estar cesante antes que el presidente diera el decreto y que las domestica no entran en el decreto 7401, mi pregunta es ¿Es eso verdad, mi mama no puede acogerse en este decreto?
AL ENTERARME DEL DECRETO Y CUMPLIR LA EDAD ME DIRIJI A PARQUE CENTRAL Y QUIERO INFORMARLE A MUCHAS PERSONAS Q AQUI ESCRIBEN LO SIGUIENTE, YA ENVIE COMUNICACION SOLICITANDO EXPLICACION MAS CLARA SOBRE EL DECRETO 7401, PRIMERO, ME INFORMARON Q LA PERSONA DEBE ESTAR CESANTE ANTES DEL 1RO DE MAYO, DIA PUBLICACION DEL DECRETO, SEGUNDO LA PERSONA DEBE HABER CUMPLIDO LA EDAD ANTES DE ESA FECHA, HE ALLI MI DUDA POR CUANTO YO CUMPLI 55 AÑOS EL 30 DE MAYO Y YA ME DIJERON Q NO ME BENEFICIO,PREGUNTE EL MOTIVO Y ME INFORMARON Q BENEFICIA A LOS Q CUMPLEN LA EDAD ANTES DEL 1RO DE MAYO
AL QUEDAR CESANTE, CUMPLIR LA EDAD ANTES DEL DECRETO,Y COMO ME FALTAN 100 COTIZACIONES, PREGUNTE SI ME PODIA ACOGER A LA CONTINUIDAD FACULTATIVA Y ME INFORMARON EN PARQUE CENTRAL QUE NO, QUE DEBIA ESPERAR 6 MESES LUEGO DE HABER QUEDADO CESANTE PARA ACOGERME A LA CONTINUIDAD FACULTATIVA, POR OTRO LADO ME PREGUNTO SI EL DECRETO ABARCA HASTA DICIEMBRE DE 2010, PORQ LAS PERSONAS QUE CUMPLEN AÑOS EN ESE PERIODO NO SON BENEFICIADAS? YA AVERIGUE Y ES TAL COMO LES INFORMO ATRAVES DE ESTA VIA, LA ESPERANZA Q ME DIO UNA PERSONA TRABAJADORA DEL SEGURO SOCIAL, ES Q ESPERARA PUES SUPUESTAMENTE VA A SALIR OTRO DECRETO MAS AMPLIO,CREO Q LO DICEN PARA SACARSE A LAS PERSONAS DE ENCIMA…OJO PELAO CON ESO, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y DEL SEGURO TIENEN BUENAS INTENCIONES…..PERO DUDAMOS DE LA INFORMACION Q DAN LOS EMPLEADOS DEL SEGURO SOCIAL, PARQ CENTRAL….HUUUMMMMMMMMMM?
AL ENTERARME DEL DECRETO Y CUMPLIR LA EDAD ME DIRIJI A PARQUE CENTRAL Y QUIERO INFORMARLE A MUCHAS PERSONAS Q AQUI ESCRIBEN LO SIGUIENTE, YA ENVIE COMUNICACION SOLICITANDO EXPLICACION MAS CLARA SOBRE EL DECRETO 7401, PRIMERO, ME INFORMARON Q LA PERSONA DEBE ESTAR CESANTE ANTES DEL 1RO DE MAYO, DIA PUBLICACION DEL DECRETO, SEGUNDO LA PERSONA DEBE HABER CUMPLIDO LA EDAD ANTES DE ESA FECHA, HE ALLI MI DUDA POR CUANTO YO CUMPLI 55 AÑOS EL 30 DE MAYO Y YA ME DIJERON Q NO ME BENEFICIO,PREGUNTE EL MOTIVO Y ME INFORMARON Q BENEFICIA A LOS Q CUMPLEN LA EDAD ANTES DEL 1RO DE MAYO
AL QUEDAR CESANTE, CUMPLIR LA EDAD ANTES DEL DECRETO,Y COMO ME FALTAN 100 COTIZACIONES, PREGUNTE SI ME PODIA ACOGER A LA CONTINUIDAD FACULTATIVA Y ME INFORMARON EN PARQUE CENTRAL QUE NO, QUE DEBIA ESPERAR 6 MESES LUEGO DE HABER QUEDADO CESANTE PARA ACOGERME A LA CONTINUIDAD FACULTATIVA, POR OTRO LADO ME PREGUNTO SI EL DECRETO ABARCA HASTA DICIEMBRE DE 2010, PORQ LAS PERSONAS QUE CUMPLEN AÑOS EN ESE PERIODO NO SON BENEFICIADAS? YA AVERIGUE Y ES TAL COMO LES INFORMO ATRAVES DE ESTA VIA, LA ESPERANZA Q ME DIO UNA PERSONA TRABAJADORA DEL SEGURO SOCIAL, ES Q ESPERARA PUES SUPUESTAMENTE VA A SALIR OTRO DECRETO MAS AMPLIO,CREO Q LO DICEN PARA SACARSE A LAS PERSONAS DE ENCIMA…OJO PELAO CON ESO, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y DEL SEGURO TIENEN BUENAS INTENCIONES…..PERO DUDAMOS DE LA INFORMACION Q DAN LOS EMPLEADOS DEL SEGURO SOCIAL, PARQ CENTRAL….HUUUMMMMMMMMMM?
respuesta para la señora susana: de la lectura del decreto, el supuesto esencial es que los varones tengan cumplidos al 1º de mayo de 2010 60 años de edad y las hembras 55 años de edad.
respuesta para la señora susana: de la lectura del decreto, el supuesto esencial es que los varones tengan cumplidos al 1º de mayo de 2010 60 años de edad y las hembras 55 años de edad.
respuesta para garibaldi: en la página web del IVSS puede averiguar cuantas semanas cotizadas tiene su padre. debe colocar la cédula de identidad y la fecha de nacimiento de él.
respuesta general: el decreto exige dos aspectos: edad al 1º de mayo de 2010 (varones 60 años y hembras 55 años) y 750 semanas cotizadas ó 700 semanas cotizadas (el estado asume el pago de 50 semanas cotizadas) ó menos de 700 semanas cotizadas (el asegurado debe aportar lo que falte).
comentario adicional: nos parece injustificado que se beneficien a quienes hayan cumplido la edad al 1º de mayo. el beneficio debe ser de carácter general.
respuesta para garibaldi:en la página web del IVSS puede averiguar cuantas semanas cotizadas tiene su padre. debe colocar la cédula de identidad y la fecha de nacimiento de él.
respuesta general: el decreto exige dos aspectos: edad al 1º de mayo de 2010 (varones 60 años y hembras 55 años) y 750 semanas cotizadas ó 700 semanas cotizadas (el estado asume el pago de 50 semanas cotizadas) ó menos de 700 semanas cotizadas (el asegurado debe aportar lo que falte).comentario adicional: nos parece injustificado que se beneficien a quienes hayan cumplido la edad al 1º de mayo. el beneficio debe ser de carácter general.
Yo tengo 56 años, soy mujer y quede cesante el 15 de abril de 2010, me faltan 81 semanas para llegar a las 750 cotizaciones, el sistema me rechaza por que la empresa notifico mi retiro a IVSS despues de entrada en vigencia el decreto. Me coresponde ese beneficio o no. Y que puedo hacer para obtener a mi pension de vejez. Gracias. Maria
qu
Yo tengo 56 años, soy mujer y quede cesante el 15 de abril de 2010, me faltan 81 semanas para llegar a las 750 cotizaciones, el sistema me rechaza por que la empresa notifico mi retiro a IVSS despues de entrada en vigencia el decreto. Me coresponde ese beneficio o no. Y que puedo hacer para obtener a mi pension de vejez. Gracias. Mariaqu
Hola, mi mama llevo su Cuenta Individual a las Ofic. del IVSS de Puerto Ordaz, le dijeron que tenia que estar cesante, pues ella esta trabajando para terminar de cotizar sus 750 semanas (lleva 458 semanas)y tiene 59 años, entonces ella se retiro el 25 de Mayo 2010 , fue con los papeles nuevamente y la nueva cuenta Individual que dice CESANTE y ahora le salieron que ella NO puede porque debía estar cesante antes del 01 de Mayo 2010. Pregunto??? Quien le pagara las semanas que quedo inactiva y Quien le dará nuevamente trabajo a esa edad???? porque NO ponen personas Capacitadas que den La Información CORRECTA
Hola, mi mama llevo su Cuenta Individual a las Ofic. del IVSS de Puerto Ordaz, le dijeron que tenia que estar cesante, pues ella esta trabajando para terminar de cotizar sus 750 semanas (lleva 458 semanas)y tiene 59 años, entonces ella se retiro el 25 de Mayo 2010 , fue con los papeles nuevamente y la nueva cuenta Individual que dice CESANTE y ahora le salieron que ella NO puede porque debía estar cesante antes del 01 de Mayo 2010. Pregunto??? Quien le pagara las semanas que quedo inactiva y Quien le dará nuevamente trabajo a esa edad???? porque NO ponen personas Capacitadas que den La Información CORRECTA
cuando caduca el decreto
cuando caduca el decreto
artículo 8º: hasta el 31 de diciembre de 2010
artículo 8º: hasta el 31 de diciembre de 2010
el decreto es para todos??? que tengan la edad exigida?????? graciass
el decreto es para todos??? que tengan la edad exigida?????? graciass
La posibilidad de que el beneficiario cancele el resto de sus cotizaciones, así tenga menos de las 700 cotizaciones establecidas en el decreto, podra así cancelar esa diferencia para cumplir con el minimo de las 750 cotizaciones, para gozar de su pension de vejez? Gracias
La posibilidad de que el beneficiario cancele el resto de sus cotizaciones, así tenga menos de las 700 cotizaciones establecidas en el decreto, podra así cancelar esa diferencia para cumplir con el minimo de las 750 cotizaciones, para gozar de su pension de vejez? Gracias
Cuando se hara justicia por la igualdad de genero de cancelar las cotizaciones a los hombres mayores desde los 55 años? Recuerden que todos somos iguales y habemos personas en esas edades que ya no conseguimos trabajos con sueldos dignos y trabajos estables
Cuando se hara justicia por la igualdad de genero de cancelar las cotizaciones a los hombres mayores desde los 55 años? Recuerden que todos somos iguales y habemos personas en esas edades que ya no conseguimos trabajos con sueldos dignos y trabajos estables
si la persona que cotizaba falleció hace 10 años, mi padre, mi madre pagando las demás cotizaciones puede disfrutar del beneficio.
si la persona que cotizaba falleció hace 10 años, mi padre, mi madre pagando las demás cotizaciones puede disfrutar del beneficio.
respuesta al último comentario: no creo, ya que el decreto trata de pensión de vejez. habría que consultar con el IVSS, si aplica para pensión de sobreviviente.
respuesta al último comentario: no creo, ya que el decreto trata de pensión de vejez. habría que consultar con el IVSS, si aplica para pensión de sobreviviente.
maria de franco
mi mama trabajo en san felipe en una escuela para el ministerio de educacion y ya es jubilada como bedel y por que ella no aparece cotizando nunca el seguro social que debo hacer mi mama tiene casi los 78 años
maria de francomi mama trabajo en san felipe en una escuela para el ministerio de educacion y ya es jubilada como bedel y por que ella no aparece cotizando nunca el seguro social que debo hacer mi mama tiene casi los 78 años
le recomiendo buscar las planillas de pago del salario de su mamá, para saber que le descontaban. tambien recomendamos visitar el departamento de educación del ministerio, para buscar una explicación.
le recomiendo buscar las planillas de pago del salario de su mamá, para saber que le descontaban. tambien recomendamos visitar el departamento de educación del ministerio, para buscar una explicación.
para gozar de este beneficio, se debe estar CESANTE???.que sucede si se esta cotizando aun..y tiene la edad y le faltan semanas???..creo esto no se ha tratado.
para gozar de este beneficio, se debe estar CESANTE???.que sucede si se esta cotizando aun..y tiene la edad y le faltan semanas???..creo esto no se ha tratado.
buenas tardes tengo familiares que se encuentran enfermos pero que alguna vez cotizaron y quieren acogerse al decreto se podra actuar ante el seguro social con un poder notariado gracias
buenas tardes tengo familiares que se encuentran enfermos pero que alguna vez cotizaron y quieren acogerse al decreto se podra actuar ante el seguro social con un poder notariado gracias
Soy trabajador informal y nunca he cotizado al Seguro Social. De igual manera tengo mas de la edad minima requerida. Cuanto tengo que pagar por la totalidad de las cotizaciones.
Gracias
Soy trabajador informal y nunca he cotizado al Seguro Social. De igual manera tengo mas de la edad minima requerida. Cuanto tengo que pagar por la totalidad de las cotizaciones.
Gracias
nuestros comentarios:
1) no debe estar cesante. si están cotizando se benefician del decreto. deben consultar con el IVSS
2) si cotizaron, tambien se benefician del decreto
3) debe estar inscrito en el IVSS para resultar beneficiado, pero le recomiendo ir al IVSS
nuestros comentarios:1) no debe estar cesante. si están cotizando se benefician del decreto. deben consultar con el IVSS2) si cotizaron, tambien se benefician del decreto3) debe estar inscrito en el IVSS para resultar beneficiado, pero le recomiendo ir al IVSS
me faltan cotizaciones pero cumplo la edad en diciembre me puedo acoger al decreto
me faltan cotizaciones pero cumplo la edad en diciembre me puedo acoger al decreto
estimo que sí, ya que el decreto caduca el 31 de diciembre de 2010.
estimo que sí, ya que el decreto caduca el 31 de diciembre de 2010.
con que porcentaje esta calculado el pago para cotizar las semana si mas o menos con un sueldo de 1200 son como 11 mil y algo mas o menos y con el sueldo nuevo por que da 16,95 bsf por semana
con que porcentaje esta calculado el pago para cotizar las semana si mas o menos con un sueldo de 1200 son como 11 mil y algo mas o menos y con el sueldo nuevo por que da 16,95 bsf por semana
Saludos, tengo 2 preguntas: Mi mama tiene la edad pero ha cotizado 585 semanas 1.-¿le toca pagar 165 o 115 cotizaciones de diferencia?
La sede de su empresa patronal esta en Caracas, pero ella les trabaja en Barquisimeto 2.-¿en dónde le toca hacer los trámites, en Caracas o en Barquisimeto?
Saludos, tengo 2 preguntas: Mi mama tiene la edad pero ha cotizado 585 semanas 1.-¿le toca pagar 165 o 115 cotizaciones de diferencia? La sede de su empresa patronal esta en Caracas, pero ella les trabaja en Barquisimeto 2.-¿en dónde le toca hacer los trámites, en Caracas o en Barquisimeto?
tengo 55 años nunca he cotizado como hago para poder acogerme al plan de pension vivo en punto fijo – falcon , agradesco su informacion. gracias
tengo 55 años nunca he cotizado como hago para poder acogerme al plan de pension vivo en punto fijo – falcon , agradesco su informacion. gracias
Hola tengo una pregunta si una persona que tiene una ayuda economica fija mensual de INAGER, podra beneficiarse de este decreto.
Hola tengo una pregunta si una persona que tiene una ayuda economica fija mensual de INAGER, podra beneficiarse de este decreto.
Saludos, tengo una duda, mi madre tiene mas de la edad exigida, pero no tiene las cotizaciones completas, no aprovechó el decreto anterior y entonces la puse a cotizar por una empresa que tengo, en este momento cuenta con 300 cotizaciones y esta como trabajador activo. Mi pregunta es: debe estar cesante para solicitar su pension a traves de este decreto o puede hacerlo estando activa en la empresa, ya que escuche por televisión que otro requisito es estar cesante. Muchas gracias por la atención.
Saludos, tengo una duda, mi madre tiene mas de la edad exigida, pero no tiene las cotizaciones completas, no aprovechó el decreto anterior y entonces la puse a cotizar por una empresa que tengo, en este momento cuenta con 300 cotizaciones y esta como trabajador activo. Mi pregunta es: debe estar cesante para solicitar su pension a traves de este decreto o puede hacerlo estando activa en la empresa, ya que escuche por televisión que otro requisito es estar cesante. Muchas gracias por la atención.
1) debe consultar directamente con el IVSS o en el departamento de rrhh de la empresa donde trabaja.
2) debe haber cotizado 750 semanas. está dentro del decreto. el IVSS debe dictar el instructivo respectivo.
3) debe estar inscrito en el IVSS (p. fijo)
4) no creo (inager)
5) está incluida dentro del decreto. se trata de pensión de vejez. el IVSS debe dictar un instructivo.
1) debe consultar directamente con el IVSS o en el departamento de rrhh de la empresa donde trabaja.2) debe haber cotizado 750 semanas. está dentro del decreto. el IVSS debe dictar el instructivo respectivo.3) debe estar inscrito en el IVSS (p. fijo)4) no creo (inager)5) está incluida dentro del decreto. se trata de pensión de vejez. el IVSS debe dictar un instructivo.
El IVSS tiene que revisar este articulo, me parece que no es logico que para una persona cesante aplique el articulo 7401 y para aquellas personas mayores que por diversos motivos, principalmente el economico para su manuntencion esten trabajando no se les aplique, al asamblea y el presidente deben revisarlo, todas las mujeres mayores de 55 y los hombre mayores de 60 lo merecen,son Venezolanos
El IVSS tiene que revisar este articulo, me parece que no es logico que para una persona cesante aplique el articulo 7401 y para aquellas personas mayores que por diversos motivos, principalmente el economico para su manuntencion esten trabajando no se les aplique, al asamblea y el presidente deben revisarlo, todas las mujeres mayores de 55 y los hombre mayores de 60 lo merecen,son Venezolanos
Como es eso de que se debe tener la condición de cesante si en el Decreto emitido por el Presidente y publicado en Gaceta Oficial N° 39414 de fecha 20 de Abril de 2010 no aparece la palabra "cesante", el Presidente del IVSS obstaculiza la buena intención del Presidente de la República colocando más trabas para su ejecución. Esto aparece en el PROGRAMA EXCEPCIONAL Y TEMPORAL DECRETO 7.401 emitido por el IVSS en su página Web
NO SE DEBE ACEPTAR ENVIAR A TRAVES DEL TWITER A CHAVEZCANDANGA PARA QUE EL PRESIDENTE SE ENTERE DE ESTA INEFICIENCIA Y BUROCRACIA
Como es eso de que se debe tener la condición de cesante si en el Decreto emitido por el Presidente y publicado en Gaceta Oficial N° 39414 de fecha 20 de Abril de 2010 no aparece la palabra "cesante", el Presidente del IVSS obstaculiza la buena intención del Presidente de la República colocando más trabas para su ejecución. Esto aparece en el PROGRAMA EXCEPCIONAL Y TEMPORAL DECRETO 7.401 emitido por el IVSS en su página WebNO SE DEBE ACEPTAR ENVIAR A TRAVES DEL TWITER A CHAVEZCANDANGA PARA QUE EL PRESIDENTE SE ENTERE DE ESTA INEFICIENCIA Y BUROCRACIA
A MI MAMA EN EL IVSS LA DEVOLVIERON PORQUE "NO ENTRA EN EL DECRETO YA QUE ESTÁ ACTIVA"Y TIENE QUE SER CESANTE… CON 56 AÑOS Y 718 COTIZACIONES….. DONDE DICE EL DECRETO QUE TIENE QUE SER CESANTE…. DIGANME POR FAVOR!!!!
A MI MAMA EN EL IVSS LA DEVOLVIERON PORQUE "NO ENTRA EN EL DECRETO YA QUE ESTÁ ACTIVA"Y TIENE QUE SER CESANTE… CON 56 AÑOS Y 718 COTIZACIONES….. DONDE DICE EL DECRETO QUE TIENE QUE SER CESANTE…. DIGANME POR FAVOR!!!!
Hola tengo una duda,,,, ok yo realizo todo el tramite correspondiente por las oficinas autorizadas pero mi duda es el limite de tiempo para hacer efectivo todo el pago es hasta el 31 de diciembre o hay otra fecha si mal no he oido.
Les agradezco la informacion que me puedan brindar en este caso ya que es para cancelar el beneficio para mi madre que esta en San Cristobal.
MARIANELA GONZALEZ
Caracas…
Hola tengo una duda,,,, ok yo realizo todo el tramite correspondiente por las oficinas autorizadas pero mi duda es el limite de tiempo para hacer efectivo todo el pago es hasta el 31 de diciembre o hay otra fecha si mal no he oido. Les agradezco la informacion que me puedan brindar en este caso ya que es para cancelar el beneficio para mi madre que esta en San Cristobal. MARIANELA GONZALEZ Caracas…
señora marianela gonzález:
el decreto expresa que caduca el 31 de diciembre de 2010. no he visto publicado el instructivo del IVSS.
recomendamos visitar las oficinas del IVSS.
demás usuarios:
sobre quejas del decreto pueden vistar las oficinas del IVSS o escribir a @chavezcandanga por twitter y expresar sus ideas en 140 caracteres.
señora marianela gonzález:el decreto expresa que caduca el 31 de diciembre de 2010. no he visto publicado el instructivo del IVSS.recomendamos visitar las oficinas del IVSS.demás usuarios:sobre quejas del decreto pueden vistar las oficinas del IVSS o escribir a @chavezcandanga por twitter y expresar sus ideas en 140 caracteres.
Tengo más de 55 años, cotizo mediante la figura continuacion facultativa ya que me faltan mas de 100 cotizaciones, lo que hace que aparesca activa en la carta individual. Fui a la caja regional que me corresponde y me dijeron que no se me aplica el decreto 7401 por estar activa, les pregunte si me podia retirar yo misma para poder hacer el tramite y me dijeron que no porque tenia que estar cesante antes del 1 de mayo. Mi pregunta es si es verdad que las personas como yo en continuacion facultativa que ya tenemos mas de la edad requerida no se nos aplica el decreto 7401, y que podemos hacer.
Maria L. Medina
Tengo más de 55 años, cotizo mediante la figura continuacion facultativa ya que me faltan mas de 100 cotizaciones, lo que hace que aparesca activa en la carta individual. Fui a la caja regional que me corresponde y me dijeron que no se me aplica el decreto 7401 por estar activa, les pregunte si me podia retirar yo misma para poder hacer el tramite y me dijeron que no porque tenia que estar cesante antes del 1 de mayo. Mi pregunta es si es verdad que las personas como yo en continuacion facultativa que ya tenemos mas de la edad requerida no se nos aplica el decreto 7401, y que podemos hacer.Maria L. Medina
YO QUISIERA Q PENSARAN UN POQUITO USTEDES CREEN Q UNA PERSONA MAYOR DE MAS DE 60 AÑO O MAS Q HAY MAS Q ALGUN DIA TRABAJO Y PUDO COTIZAR ALGO DEL SEGURO SOCIAL Y AHORA SE LE PRESENTA ESTA OPORTUNIDAD Y PARA COMPLETAR LAS 750 TIENE Q PAGAR MAS DE 7 MIL BSF, EXPLIQUEME DE DONDE PUEDE TENER ESA PERSONA PARA PAGAR SI ES DE BAJO RECURSO ENTONCE NO GOZARA DE ESE BENEFICIO POR NO TENER DINERO, SOLAMENTE LO PAGARAN LOS RICOS POR Q SON LOS QUE PUEDEN PAGAR CREO Q DEBERAN Q TOMAR OTRAS MEDIDAS PARA Q LAS PERSONAS DE BAJO RECURSO PUEDAR GOZAR DE ESTA PENSION POR FAVOR AYUDEN AL PUEBLO. PATRIA SOCIALISMO VENCEREMOS!!!11!
YO QUISIERA Q PENSARAN UN POQUITO USTEDES CREEN Q UNA PERSONA MAYOR DE MAS DE 60 AÑO O MAS Q HAY MAS Q ALGUN DIA TRABAJO Y PUDO COTIZAR ALGO DEL SEGURO SOCIAL Y AHORA SE LE PRESENTA ESTA OPORTUNIDAD Y PARA COMPLETAR LAS 750 TIENE Q PAGAR MAS DE 7 MIL BSF, EXPLIQUEME DE DONDE PUEDE TENER ESA PERSONA PARA PAGAR SI ES DE BAJO RECURSO ENTONCE NO GOZARA DE ESE BENEFICIO POR NO TENER DINERO, SOLAMENTE LO PAGARAN LOS RICOS POR Q SON LOS QUE PUEDEN PAGAR CREO Q DEBERAN Q TOMAR OTRAS MEDIDAS PARA Q LAS PERSONAS DE BAJO RECURSO PUEDAR GOZAR DE ESTA PENSION POR FAVOR AYUDEN AL PUEBLO. PATRIA SOCIALISMO VENCEREMOS!!!11!
Mi inquietud es igual a la de la Señora medina, Mi suegra tiene 690 cotizaciones y 62 años de edad. Se encuentra activa pues esta pagando bajo la continuación facultativa. ¿qué hay con estos casos? Entran o no en el decreto.
Solsiré
Mi inquietud es igual a la de la Señora medina, Mi suegra tiene 690 cotizaciones y 62 años de edad. Se encuentra activa pues esta pagando bajo la continuación facultativa. ¿qué hay con estos casos? Entran o no en el decreto.Solsiré
Buenas tardes agradezco la personana que me pueda responder para no amanecer haciendo cola en el seguro; tengo 62 años, pués nací en el 47 y voy a cumplir 63 estoy trabajando desde los 19 años 1o en una fábrica, veia en mi sobre el cobro del seguro que nunca apareció aprox. el año 1966, luego otros trabajos que no me cobraban seguro, suplencias desde 1991, que me descontaban el seguro. otras instituciones que no cotizaba, graduada de maestra desde 1999 activa hasta el presente y cotizando tuve que llevar todo a la Z.E. y de todos esos años me dicen que tengo sólo 413 cotizaciones. Mi pregunta es ? entro en el decreto¿ porque dice que es para todos los que tienen la edad y yo estaba esperando este decreto para terminar de cotizar.
Para no amacecer en una cola necesito que me respondan. ?Que se debe hacer¿ si trabajo desde 1991 como suplente en primer lugar aparte de otros trabajas que no aseguraban a nadie, pero como suplente si veia que cobraban el seguro y mi cuenta individual aparecia que no estaba registrada hasta el año pasado que las llevé a la Zona E, ya que estoy graduada desde 1999, voy a cumplir 63 años y no he dejado de trabajar desde los 19 años, además soy pionera de las Misiones hasta la actualidad. Ahora, solo me aparecen 413 cot ? Que debo hacer? ? Entro en el Decreto¿
Buenas tardes agradezco la personana que me pueda responder para no amanecer haciendo cola en el seguro; tengo 62 años, pués nací en el 47 y voy a cumplir 63 estoy trabajando desde los 19 años 1o en una fábrica, veia en mi sobre el cobro del seguro que nunca apareció aprox. el año 1966, luego otros trabajos que no me cobraban seguro, suplencias desde 1991, que me descontaban el seguro. otras instituciones que no cotizaba, graduada de maestra desde 1999 activa hasta el presente y cotizando tuve que llevar todo a la Z.E. y de todos esos años me dicen que tengo sólo 413 cotizaciones. Mi pregunta es ? entro en el decreto¿ porque dice que es para todos los que tienen la edad y yo estaba esperando este decreto para terminar de cotizar.
Para no amacecer en una cola necesito que me respondan. ?Que se debe hacer¿ si trabajo desde 1991 como suplente en primer lugar aparte de otros trabajas que no aseguraban a nadie, pero como suplente si veia que cobraban el seguro y mi cuenta individual aparecia que no estaba registrada hasta el año pasado que las llevé a la Zona E, ya que estoy graduada desde 1999, voy a cumplir 63 años y no he dejado de trabajar desde los 19 años, además soy pionera de las Misiones hasta la actualidad. Ahora, solo me aparecen 413 cot ? Que debo hacer? ? Entro en el Decreto¿
Para los últimos comentarios, se les aplica el artículo 4 del decreto: personas que tienen la edad exigida y han cotizado menos 700 semanas y manifiestan su voluntad de completar las 750 semanas. les recomiendo dejar constancia escrita de sus planteamientos: cartas o mensajes electrónicos al IVSS
Para los últimos comentarios, se les aplica el artículo 4 del decreto: personas que tienen la edad exigida y han cotizado menos 700 semanas y manifiestan su voluntad de completar las 750 semanas. les recomiendo dejar constancia escrita de sus planteamientos: cartas o mensajes electrónicos al IVSS
Si este decreto dice que es para todas las personas que tienen la edad. Por Dios es una pensión de vejez, si una persona se siente con fuerza y útil en su trabajo y quiere trabajar unos años más porque se graduó tarde, tiene que esperar entonces a tener 70 u 80 años para disfrutar de su pensión de vejéz, porque ajuro tiene que retirarse de su trabajo ? como es eso¿ ?que clase de decreto es¿, que limita a las personas, si uno se retira no le pagan el 100º/º además le quitan la cesta ticket y el dinero no alcanza, ni para los servicios básicos, ni para disfrutar de la recreación, porque no tenemos un sueldo equilibrado, ya que somos simples asalariados. Expliquen eso por favor.
Si este decreto dice que es para todas las personas que tienen la edad. Por Dios es una pensión de vejez, si una persona se siente con fuerza y útil en su trabajo y quiere trabajar unos años más porque se graduó tarde, tiene que esperar entonces a tener 70 u 80 años para disfrutar de su pensión de vejéz, porque ajuro tiene que retirarse de su trabajo ? como es eso¿ ?que clase de decreto es¿, que limita a las personas, si uno se retira no le pagan el 100º/º además le quitan la cesta ticket y el dinero no alcanza, ni para los servicios básicos, ni para disfrutar de la recreación, porque no tenemos un sueldo equilibrado, ya que somos simples asalariados. Expliquen eso por favor.
buenas sr carbonell tengo una inquietud mi mama la sra graciela castillo c.i. 821.989 edad 87 trabajo en la escuela j.j maya de san felipe como bedel y por el ministerio de educacion fue incapacitada por tener cancer y aparece como q no cotiza seguro social quisiera que me ayudara para saber a donde puedo dirigirme para investigar que paso con eso y solo cobra su jubilacion ella tendra posibilidades que me la exoneren del pago para poder recibir ese beneficio y no tiene como pagar el seguro por favor necesito q me ayude a mi mama.
gracias. atte, maria de franco
señora maría de franco:
su mamá debe estar amparada por el contrato colectivo del min. de educación. creo que la jubilación hace las veces de pensión de vejez. no estoy seguro, que élla pueda tener las dos. creo que habría que pedir asistencia al sindicato respectivo y/o al min y/o al IVSS.
buenas sr carbonell tengo una inquietud mi mama la sra graciela castillo c.i. 821.989 edad 87 trabajo en la escuela j.j maya de san felipe como bedel y por el ministerio de educacion fue incapacitada por tener cancer y aparece como q no cotiza seguro social quisiera que me ayudara para saber a donde puedo dirigirme para investigar que paso con eso y solo cobra su jubilacion ella tendra posibilidades que me la exoneren del pago para poder recibir ese beneficio y no tiene como pagar el seguro por favor necesito q me ayude a mi mama.gracias. atte, maria de franco
señora maría de franco:su mamá debe estar amparada por el contrato colectivo del min. de educación. creo que la jubilación hace las veces de pensión de vejez. no estoy seguro, que élla pueda tener las dos. creo que habría que pedir asistencia al sindicato respectivo y/o al min y/o al IVSS.
BUENOS DIAS SR:RICARGO,MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE MI MAMA SOLO COTIZO 88 SEMENAS, PERO SU CUENTA INDIVIDUAL SIGUE ACTUALIZADA..¿CREE USTED QUE PUEDE SER VENEFICIADA POR EL DECRETO 7401.?
BUENOS DIAS SR:RICARGO,MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE MI MAMA SOLO COTIZO 88 SEMENAS, PERO SU CUENTA INDIVIDUAL SIGUE ACTUALIZADA..¿CREE USTED QUE PUEDE SER VENEFICIADA POR EL DECRETO 7401.?
Buen dia yo soy ama de casa nunca he trabajado en empresa alguna, pero me inscribieron en el IVSS y pague 112 cotizaciones, ya me retiraron , es decir estoy cesante tambien, y dispongo para cancelar el resto de las cotizaciones restante que faltan, pero mi duda es que escuche que en este decreto no incluye a las amas de casa, es cierto. POrque nosotras somos tan trabajadoras como cualquiera. Aunque no se nos cancele nada.
Buen dia yo soy ama de casa nunca he trabajado en empresa alguna, pero me inscribieron en el IVSS y pague 112 cotizaciones, ya me retiraron , es decir estoy cesante tambien, y dispongo para cancelar el resto de las cotizaciones restante que faltan, pero mi duda es que escuche que en este decreto no incluye a las amas de casa, es cierto. POrque nosotras somos tan trabajadoras como cualquiera. Aunque no se nos cancele nada.
estoy activa en el seguro y tengo 58 años, me retire de la empresa donde cotizo y en el ivss no le aceptaron la planilla de retiro al empleador, le dijeron que siguiera cotizando por mi hasta diciembre que ellos le reintegrarian el dinero, ¿
cómo sabe el seguro si la persona renunció o no'?de ser así deberian aceptar mi renuncia para el tramite de la pensión y optar por el decreto,. saludos.
estoy activa en el seguro y tengo 58 años, me retire de la empresa donde cotizo y en el ivss no le aceptaron la planilla de retiro al empleador, le dijeron que siguiera cotizando por mi hasta diciembre que ellos le reintegrarian el dinero, ¿ cómo sabe el seguro si la persona renunció o no'?de ser así deberian aceptar mi renuncia para el tramite de la pensión y optar por el decreto,. saludos.
mi inquietud es la siguiente cumplo los 55 para septiembre , estoy cesante y 45 semanas cotizadas, podre pagar las restantes el dia de mi cumpleaño para poder octar a la pension, saludos y gracias por atender a mi duda
mi inquietud es la siguiente cumplo los 55 para septiembre , estoy cesante y 45 semanas cotizadas, podre pagar las restantes el dia de mi cumpleaño para poder octar a la pension, saludos y gracias por atender a mi duda
buenas tardes sr, carbonell mi pregunta es mi papa cotizo 1750 semanas del seguro social y el ya esta cobrando desde hace dos años el seguro le devuelve las cotizaciones que tiene de mas o no, y si las devuelve tiene que ir al seguro a meter reclamo aviseme por que con lo que tiene de mas le puede completar las semanas a mi mama que le falta. se podra si o no
buenas tardes sr, carbonell mi pregunta es mi papa cotizo 1750 semanas del seguro social y el ya esta cobrando desde hace dos años el seguro le devuelve las cotizaciones que tiene de mas o no, y si las devuelve tiene que ir al seguro a meter reclamo aviseme por que con lo que tiene de mas le puede completar las semanas a mi mama que le falta. se podra si o no
1) señora de 88 semanas, creo que su caso está contemplado.
2) ama de casa de 112 cotizaciones, creo que tambien su caso está dentro del decreto.
3) sra. de 58 años, seguir cotizando es una buena opción.
4) 45 semanas: creo que tambien está dentro del dº
5) tiene lógica su planteamiento. sería bueno intentarlo
1) señora de 88 semanas, creo que su caso está contemplado.2) ama de casa de 112 cotizaciones, creo que tambien su caso está dentro del decreto.3) sra. de 58 años, seguir cotizando es una buena opción.4) 45 semanas: creo que tambien está dentro del dº5) tiene lógica su planteamiento. sería bueno intentarlo
buenas tarde sr. carbonelli quisiera preguntar como podria saber si mi papa cotizo seguro social ya q el dice que trabajo en una muebleria llamada contrera en porlamar pero ya esa muebleria no existe y el no tiene nigun recibo de pago para verificar eso fue mas de 45 años como podria hacer. para averiguar sera que en el seguro me podran averiguar yo dando el nombre de la empresa, por que el asegura q pagaba seguro social y q ademas le daban charlar sobre el seguro el seguro tendra esa informacion
buenas tarde sr. carbonelli quisiera preguntar como podria saber si mi papa cotizo seguro social ya q el dice que trabajo en una muebleria llamada contrera en porlamar pero ya esa muebleria no existe y el no tiene nigun recibo de pago para verificar eso fue mas de 45 años como podria hacer. para averiguar sera que en el seguro me podran averiguar yo dando el nombre de la empresa, por que el asegura q pagaba seguro social y q ademas le daban charlar sobre el seguro el seguro tendra esa informacion
Hola buenas noche mi mama va cumplir 56 años y trabaja de domestica en una casa de familia, tiene 69 cotizaciones en el seguro me dijeron que podia entrar en el decreto por vejez por ella presenta problemas de salud y que la retirará por que tenia que estar cesante despues que la retire me dijeron que no podia por que tenia que estar cesante antes que el presidente diera el decreto y que las domestica no entran en el decreto 7401, mi pregunta es ¿Es eso verdad, mi mama no puede acogerse en este decreto?
Hola buenas noche mi mama va cumplir 56 años y trabaja de domestica en una casa de familia, tiene 69 cotizaciones en el seguro me dijeron que podia entrar en el decreto por vejez por ella presenta problemas de salud y que la retirará por que tenia que estar cesante despues que la retire me dijeron que no podia por que tenia que estar cesante antes que el presidente diera el decreto y que las domestica no entran en el decreto 7401, mi pregunta es ¿Es eso verdad, mi mama no puede acogerse en este decreto?
AL ENTERARME DEL DECRETO Y CUMPLIR LA EDAD ME DIRIJI A PARQUE CENTRAL Y QUIERO INFORMARLE A MUCHAS PERSONAS Q AQUI ESCRIBEN LO SIGUIENTE, YA ENVIE COMUNICACION SOLICITANDO EXPLICACION MAS CLARA SOBRE EL DECRETO 7401, PRIMERO, ME INFORMARON Q LA PERSONA DEBE ESTAR CESANTE ANTES DEL 1RO DE MAYO, DIA PUBLICACION DEL DECRETO, SEGUNDO LA PERSONA DEBE HABER CUMPLIDO LA EDAD ANTES DE ESA FECHA, HE ALLI MI DUDA POR CUANTO YO CUMPLI 55 AÑOS EL 30 DE MAYO Y YA ME DIJERON Q NO ME BENEFICIO,PREGUNTE EL MOTIVO Y ME INFORMARON Q BENEFICIA A LOS Q CUMPLEN LA EDAD ANTES DEL 1RO DE MAYO
AL QUEDAR CESANTE, CUMPLIR LA EDAD ANTES DEL DECRETO,Y COMO ME FALTAN 100 COTIZACIONES, PREGUNTE SI ME PODIA ACOGER A LA CONTINUIDAD FACULTATIVA Y ME INFORMARON EN PARQUE CENTRAL QUE NO, QUE DEBIA ESPERAR 6 MESES LUEGO DE HABER QUEDADO CESANTE PARA ACOGERME A LA CONTINUIDAD FACULTATIVA, POR OTRO LADO ME PREGUNTO SI EL DECRETO ABARCA HASTA DICIEMBRE DE 2010, PORQ LAS PERSONAS QUE CUMPLEN AÑOS EN ESE PERIODO NO SON BENEFICIADAS? YA AVERIGUE Y ES TAL COMO LES INFORMO ATRAVES DE ESTA VIA, LA ESPERANZA Q ME DIO UNA PERSONA TRABAJADORA DEL SEGURO SOCIAL, ES Q ESPERARA PUES SUPUESTAMENTE VA A SALIR OTRO DECRETO MAS AMPLIO,CREO Q LO DICEN PARA SACARSE A LAS PERSONAS DE ENCIMA…OJO PELAO CON ESO, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y DEL SEGURO TIENEN BUENAS INTENCIONES…..PERO DUDAMOS DE LA INFORMACION Q DAN LOS EMPLEADOS DEL SEGURO SOCIAL, PARQ CENTRAL….HUUUMMMMMMMMMM?
AL ENTERARME DEL DECRETO Y CUMPLIR LA EDAD ME DIRIJI A PARQUE CENTRAL Y QUIERO INFORMARLE A MUCHAS PERSONAS Q AQUI ESCRIBEN LO SIGUIENTE, YA ENVIE COMUNICACION SOLICITANDO EXPLICACION MAS CLARA SOBRE EL DECRETO 7401, PRIMERO, ME INFORMARON Q LA PERSONA DEBE ESTAR CESANTE ANTES DEL 1RO DE MAYO, DIA PUBLICACION DEL DECRETO, SEGUNDO LA PERSONA DEBE HABER CUMPLIDO LA EDAD ANTES DE ESA FECHA, HE ALLI MI DUDA POR CUANTO YO CUMPLI 55 AÑOS EL 30 DE MAYO Y YA ME DIJERON Q NO ME BENEFICIO,PREGUNTE EL MOTIVO Y ME INFORMARON Q BENEFICIA A LOS Q CUMPLEN LA EDAD ANTES DEL 1RO DE MAYO
AL QUEDAR CESANTE, CUMPLIR LA EDAD ANTES DEL DECRETO,Y COMO ME FALTAN 100 COTIZACIONES, PREGUNTE SI ME PODIA ACOGER A LA CONTINUIDAD FACULTATIVA Y ME INFORMARON EN PARQUE CENTRAL QUE NO, QUE DEBIA ESPERAR 6 MESES LUEGO DE HABER QUEDADO CESANTE PARA ACOGERME A LA CONTINUIDAD FACULTATIVA, POR OTRO LADO ME PREGUNTO SI EL DECRETO ABARCA HASTA DICIEMBRE DE 2010, PORQ LAS PERSONAS QUE CUMPLEN AÑOS EN ESE PERIODO NO SON BENEFICIADAS? YA AVERIGUE Y ES TAL COMO LES INFORMO ATRAVES DE ESTA VIA, LA ESPERANZA Q ME DIO UNA PERSONA TRABAJADORA DEL SEGURO SOCIAL, ES Q ESPERARA PUES SUPUESTAMENTE VA A SALIR OTRO DECRETO MAS AMPLIO,CREO Q LO DICEN PARA SACARSE A LAS PERSONAS DE ENCIMA…OJO PELAO CON ESO, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y DEL SEGURO TIENEN BUENAS INTENCIONES…..PERO DUDAMOS DE LA INFORMACION Q DAN LOS EMPLEADOS DEL SEGURO SOCIAL, PARQ CENTRAL….HUUUMMMMMMMMMM?
respuesta para la señora susana: de la lectura del decreto, el supuesto esencial es que los varones tengan cumplidos al 1º de mayo de 2010 60 años de edad y las hembras 55 años de edad.
respuesta para la señora susana: de la lectura del decreto, el supuesto esencial es que los varones tengan cumplidos al 1º de mayo de 2010 60 años de edad y las hembras 55 años de edad.
respuesta para garibaldi:
en la página web del IVSS puede averiguar cuantas semanas cotizadas tiene su padre. debe colocar la cédula de identidad y la fecha de nacimiento de él.
respuesta general: el decreto exige dos aspectos: edad al 1º de mayo de 2010 (varones 60 años y hembras 55 años) y 750 semanas cotizadas ó 700 semanas cotizadas (el estado asume el pago de 50 semanas cotizadas) ó menos de 700 semanas cotizadas (el asegurado debe aportar lo que falte).
comentario adicional: nos parece injustificado que se beneficien a quienes hayan cumplido la edad al 1º de mayo. el beneficio debe ser de carácter general.
respuesta para garibaldi:en la página web del IVSS puede averiguar cuantas semanas cotizadas tiene su padre. debe colocar la cédula de identidad y la fecha de nacimiento de él.
respuesta general: el decreto exige dos aspectos: edad al 1º de mayo de 2010 (varones 60 años y hembras 55 años) y 750 semanas cotizadas ó 700 semanas cotizadas (el estado asume el pago de 50 semanas cotizadas) ó menos de 700 semanas cotizadas (el asegurado debe aportar lo que falte).comentario adicional: nos parece injustificado que se beneficien a quienes hayan cumplido la edad al 1º de mayo. el beneficio debe ser de carácter general.
Yo tengo 56 años, soy mujer y quede cesante el 15 de abril de 2010, me faltan 81 semanas para llegar a las 750 cotizaciones, el sistema me rechaza por que la empresa notifico mi retiro a IVSS despues de entrada en vigencia el decreto. Me coresponde ese beneficio o no. Y que puedo hacer para obtener a mi pension de vejez. Gracias. Maria
qu
Yo tengo 56 años, soy mujer y quede cesante el 15 de abril de 2010, me faltan 81 semanas para llegar a las 750 cotizaciones, el sistema me rechaza por que la empresa notifico mi retiro a IVSS despues de entrada en vigencia el decreto. Me coresponde ese beneficio o no. Y que puedo hacer para obtener a mi pension de vejez. Gracias. Mariaqu
Hola, mi mama llevo su Cuenta Individual a las Ofic. del IVSS de Puerto Ordaz, le dijeron que tenia que estar cesante, pues ella esta trabajando para terminar de cotizar sus 750 semanas (lleva 458 semanas)y tiene 59 años, entonces ella se retiro el 25 de Mayo 2010 , fue con los papeles nuevamente y la nueva cuenta Individual que dice CESANTE y ahora le salieron que ella NO puede porque debía estar cesante antes del 01 de Mayo 2010. Pregunto??? Quien le pagara las semanas que quedo inactiva y Quien le dará nuevamente trabajo a esa edad???? porque NO ponen personas Capacitadas que den La Información CORRECTA
Hola, mi mama llevo su Cuenta Individual a las Ofic. del IVSS de Puerto Ordaz, le dijeron que tenia que estar cesante, pues ella esta trabajando para terminar de cotizar sus 750 semanas (lleva 458 semanas)y tiene 59 años, entonces ella se retiro el 25 de Mayo 2010 , fue con los papeles nuevamente y la nueva cuenta Individual que dice CESANTE y ahora le salieron que ella NO puede porque debía estar cesante antes del 01 de Mayo 2010. Pregunto??? Quien le pagara las semanas que quedo inactiva y Quien le dará nuevamente trabajo a esa edad???? porque NO ponen personas Capacitadas que den La Información CORRECTA