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GACETA OFICIAL: # 39.353 del 25 de enero de 2010 
ENTE EMISOR: Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles 
NORMA: Providencias Administrativas Nº 29 (1) y Nº 30 (2) de fecha 30 de diciembre de 2009, y Nº 31 (3) de fecha 5 de enero de 2010 
OBJETO/TÍTULO: (1) PROVIDENCIA
ADMINISTRATIVA Nº 29 MEDIANTE
LA
CUAL SE  PROHIBE EL FUNCIONAMIENTO Y OPERACIÓN DE CAJEROS ELECTRÓNICOS DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS DENTRO DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE CAMBIOS Y SALAS DE BINGOS
(2) PROVIDENCIA
ADMINISTRATIVA Nº 30 MEDIANTE
LA
CUAL SE  ESTABLECE DENTRO DE LOS
ESTABLECIMIENTOS DE CASINOS Y SALAS DE BINGOS LA OBLIGACIÓN DE INFORMAR A LAS JUGADORAS Y JUGADORES DE LOS DAÑOS QUE CAUSA LA LUDOPATÍA
(3) PROVIDENCIA
ADMINISTRATIVA Nº 31 ACERCA DE QUE LAS EMPRESAS LICENCIATARIAS DE CASINOS Y SALAS DE BINGOS QUE PRETENDEN PRESTAR SUS SERVICIOS FUERA DEL HORARIO ESTABLECIDO PARA EL RACIONAMIENTO DE ENERGÍA ELÉCTRICA, DEBEN ABASTECERSE DE ÉLLA ENTERAMENTE POR UNIDADES DE PRODUCCIÓN AUTÓNOMA 
VIGENCIA: A
partir de su publicación en GO