GACETA OFICIAL: 6.835 EX del 3 de Septiembre de 2024
ENTE EMISOR: Superintendencia de la Actividad Aseguradora
NORMA: Providencia Administrativa SAA-01-0511-2024 de fecha 29 de agosto de 2024
OBJETO/TÍTULO: Normas que regulan el Aporte para el Desarrollo Social
VIGENCIA: A partir de la fecha de publicación de la GO
DEROGATORIA: Se deroga la Providencia FSAA-9-00730 del 1 de agosto de 2016, publicada en la GO 40.973 del 24 de agosto de 2016
NOTA 1: Las empresas de seguros, de medicina prepagada y administradoras de riesgos están obligadas a efectuar un aporte anual del uno por ciento (1%) de los ingresos netos de anulaciones y devoluciones, obtenidos por las primas de los contratos de seguros de salud, las cuotas de los contratos de medicina prepagada y las remuneraciones por los contratos de administración de riesgos de salud, según corresponda, destinado al Tesoro Nacional <Artículo 1>
NOTA 2: Puedes ver esta providencia en la sección TEXTOS de esta página web
NOTA 2: Dado el alto volumen de providencias sobre seguros publicadas, para facilitar su vista, también colocamos aquí el acceso al TEXTO de esta providencia.
35. NORMAS QUE REGULAN EL APORTE PARA EL DESARROLLO SOCIAL_Firmado