EXONERACIÓN Impuesto Sobre La Renta Títulos Valores Emitidos Avalados Banco Central de Venezuela
GACETA OFICIAL: 43.368 del 05 de mayo de 2026
ENTE EMISOR: Presidencia de la República
NORMA: Decreto N° 5.337 del 05 de mayo de 2026.
OBJETO/TÍTULO: Se exonera del pago del Impuesto Sobre la Renta, en los términos y condiciones previstos en este Decreto, a los enriquecimientos obtenidos por los tenedores, personas naturales y jurídicas residenciadas o domiciliadas en la República Bolivariana de Venezuela, provenientes de las inversiones que realicen en títulos valores u otros instrumentos de similar naturaleza emitidos y avalados por el Banco Central de Venezuela.
VIGENCIA: A partir del día 08 de mayo de 2026.
NOTA 1: El plazo de duración del beneficio de exoneración establecido en este Decreto será de un (01) año, contado a partir de la fecha de su entrada en vigencia.
NOTA 2: Para el disfrute del beneficio establecido en este Decreto, los beneficiarios deben cumplir, además de las obligaciones y requisitos exigidos en este Decreto, las previstas e el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Impuesto Sobre la Renta, su Reglamento y demás normas aplicables.
NOTA 3: Perderán el beneficio de exoneración previsto en este Decreto, los beneficiarios que no cumplan las obligaciones y requisitos exigidos en este Decreto, así como las previstas en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Impuesto Sobre La Renta, su Reglamento y demás normas aplicables.
Ver aquí el TEXTO del Decreto 5.337 DECRETO EXONERACIÓN GO 43.368

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